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El Ministerio de Trabajo concede a los trabajadores un permiso de hasta cuatro días con el 100% del salario por lluvias e inundaciones

06/11/2025

El Ministerio de Trabajo concede a los trabajadores un permiso de hasta cuatro días con el 100% del salario por lluvias e inundaciones

Se contempla en situaciones de alerta por fenómenos meteorológicos

La Península Ibérica se enfrenta a un nuevo periodo de inestabilidad en varios puntos de España, con alertas de la AEMET (Agencia Estatal de Meteorología) en parte de Extremadura y Andalucía occidental que llegan al nivel naranja por lluvias.

En anteriores ocasiones, el Ministerio de Trabajo y Economía Social ha advertido de que los trabajadores tienen derecho a permisos retribuidos cuando, por avisos naranjas o rojos de la AEMET, los fenómenos meteorológicos que han propiciado dichas alertas imposibilitan acudir al centro de trabajo.

En concreto, son hasta cuatro los días de permiso retribuido en caso de alerta naranja o roja de la AEMET, hasta que el trabajador pueda regresar al puesto de trabajo sin peligro. Es lo que establece el Real Decreto-ley 8/2024, que modificó el Estatuto de los Trabajadores para adaptarse a una realidad cada vez más habitual: que episodios de intensas lluvias o inundaciones pongan en peligro a los ciudadanos.

El Real Decreto-ley (que se puede consultar en este enlace) introdujo un nuevo permiso de hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo o transitar por las vías de circulación necesarias para acudir al mismo, como consecuencia de las recomendaciones, limitaciones o prohibiciones al desplazamiento establecidas por las autoridades competentes, así como cuando concurra una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las derivadas de una catástrofe o fenómeno meteorológico adverso".

Si, transcurridos esos cuatro días, las circunstancias que provocaron el permiso siguen vigentes el trabajador puede prolongar ese permiso hasta que la situación se estabilice, pero en ese caso las empresas tendrían derecho a acogerse a una suspensión del contrato o una reducción de jornada por causa de fuerza mayor.

Teletrabajo

Además, la ley contempla la posibilidad de que los trabajadores que tengan los medios necesarios puedan teletrabajar en estos casos de fenómenos meteorológicos adversos. Las empresas deben respetar, eso sí, la ley de trabajo a distancia.

El mismo Real Decreto-ley que regula el permiso de cuatro días también informa de que "cuando la naturaleza de la prestación laboral sea compatible con el trabajo a distancia y el estado de las redes de comunicación permita su desarrollo, la empresa podrá establecerlo, observando el resto de las obligaciones formales y materiales recogidas" en esa ley y respetando "el suministro de medios, equipos y herramientas adecuados".

Un año de permiso

Precisamente, esta semana se cumple un año del anuncio de este nuevo permiso. Lo hizo Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y vicepresidenta segunda del Gobierno, con motivo de la tragedia en la Comunidad Valenciana, Castilla-La Mancha y Andalucía por las inundaciones de la DANA de finales de octubre de 2024.

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